lunes, 12 de septiembre de 2016

ACOSO LABORAL


El “mobbing” o acoso laboral, ¿cómo defenderse?
El acoso laboral
El acoso laboral o mobbing son una serie de comportamientos y conductas abusivas dirigidas a degradar psicológicamente a un trabajador, minándole la autoestima y la moral, mediante un hostigamiento y una situación de violencia psicológica continuada. Esta violencia llega a producir una lesión de la dignidad y de la integridad del trabajador.
También se considera acoso cuando se da una conducta discriminatoria contra un trabajador que daña su dignidad y crea un entorno de trabajo hostil, humillante, ofensivo e intimidatorio.
Este acoso puede causar graves problemas psicológicos, incluso llegando a desarrollarse enfermedades, como la depresión, ansiedad, o estrés y a afectar gravemente tanto al trabajador en su rendimiento en el trabajo y en su vida personal.
Tipos de acoso
El acoso puede ser de todos tipos:
Vertical: cuando viene causado por el empresario o los superiores jerárquicos del trabajador. Muchas veces puede estar motivado por enemistad o discriminación por quien realiza el acoso o por la voluntad empresarial de que el trabajador presente una baja voluntaria.
Horizontal: cuando viene causado por compañeros de trabajo, con el mismo nivel. Suele venir motivado por enemistad, envidias, discriminaciones (racial, sexual, por creencias…).
¿Soy víctima de acoso?
Para determinar si existe acoso laboral hay que hacer un análisis particular de cada caso. Hay situaciones que pueden implicar acoso laboral, como:
Separación y aislamiento respecto del resto de compañeros, tanto físicamente como prohibiciones de comunicarse
No dar carga de trabajo, encargar trabajos degradantes o que corresponden a trabajos de inferior categoría
O por el contrario una sobrecarga excesiva de trabajo
No poder comunicarte con tus superiores o una negativa a todo lo que se pide
Poner en cuestionamiento todo lo que se realiza y desprestigio profesional
Insultos y ofensas verbales, amenazas, frases discriminatorias, intimidación….
Trato totalmente diferenciado y discriminatorio respecto al resto de compañeros
Ataques a la vida privada del trabajador

¿Acoso o simplemente órdenes del empresario?
Hay que saber diferenciar cuando estamos ante un acoso laboral y cuándo ante unas órdenes del empresario. El empresario tiene la facultad de dirigir el desarrollo del trabajo, pero las órdenes que imparta tienen que respetar siempre los derechos del trabajador, sin atentar contra su dignidad, integridad moral o física. Aunque en ocasiones no se comprendan o compartan las órdenes recibidas, no en todos los casos habrá una situación de acoso laboral.

Lo más importante: conseguir pruebas
El mayor problema cuando se es víctima de un acoso laboral es conseguir las pruebas que lo demuestren. Por ello, es fundamental recopilar todas las pruebas posibles:
Documentos escritos: correos, circulares, notas, encargos o órdenes de trabajo, cambios de puestos o de funciones…
Conversaciones grabadas. En los juicios laborales se pueden utilizar estas grabaciones siempre que el trabajador participe en la conversación, sin tener que avisar que se está grabando.
Testigos que puedan declarar sobre los hechos, pueden ser compañeros, clientes, trabajadores de otras empresas que vean los hechos…
Fotografías de los hechos.
Demanda por tutela de Derechos Fundamentales: para la defensa de la dignidad del trabajador y contra el acoso recibido, de forma que el Juez constate este acoso y obligue al acosador a cesar. Es un procedimiento urgente y preferente.
Procedimiento para extinguir la relación laboral: pedir que se rompa la relación laboral debido a este acoso por parte de la empresa y que se le reconozca la máxima indemnización como si fuese un despido improcedente y la posibilidad de pedir la prestación por desempleo.
Procedimiento reclamación daños y perjuicios: junto a la tutela de los derechos fundamentales o a la extinción se puede pedir que la empresa pague los daños y perjuicios soportados y derivados del acoso. Será necesario cuantificar estos daños y demostrarlos.
Reclamar todos los derechos: en el caso de querer una salida lo más rápido posible de la empresa, debido al acoso recibido por la empresa y una vez demandando el acoso, es posible empezar a demandar todos los derechos que se tienen: diferencias salariales, la condición de indefinido , la antigüedad real , el horario, la categoría, las horas extra no pagadas … para al final la empresa acabe despidiendo al trabajador. Al ser despedido, ya no se estará sufriendo el acoso y se se tendrá que impugnar el despido, indicando que el motivo real del despido es el acoso recibido y las denuncias presentadas.
En algunos de estos procedimientos se puede pedir al Juzgado que autorice al trabajador a no ir a trabajar hasta que se resuelva el juicio, y que la empresa tenga que seguir pagando el salario. Y en la mayoría de los casos será necesario demandar tanto a la empresa como al acosador.
PAIXAO & ASOCIADOS
TEL. 0981 998 336

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